Un hombre en su oficina firma unos documentos, comprometiéndose a aceptar sus derechos y cumplir sus deberes, como cliente.

Derechos del Cliente

¿Cuáles son sus derechos?

  • Recibir productos y servicios con estándares de seguridad y calidad, de acuerdo con las condiciones ofrecidas y las obligaciones asumidas por el Banco.
  • Tener a su disposición publicidad e información transparente, clara, veraz, oportuna y verificable, sobre las características de los productos y servicios ofrecidos o suministrados por el Banco.
  • Exigir la debida diligencia en la prestación del servicio por parte del Banco.
  • Recibir una adecuada educación respecto de las diferentes formas de instrumentar los productos y servicios ofrecidos, sus derechos y obligaciones, así como los costos que se generan sobre los mismos, los mercados y tipo de actividad que desarrollan la entidades vigiladas, así como sobre los diversos mecanismos de protección establecidos para la defensa de sus derechos.
  • Presentar de manera respetuosa consultas, peticiones, solicitudes, quejas o reclamos ante el Banco, el defensor del consumidor financiero, la Superintendencia Financiera de Colombia y los organismos de autorregulación.
  • Los demás derechos que se establezcan en la Ley 1328 del 15 de julio de 2009 o en otras disposiciones, y los contemplados en las instrucciones que imparta la Superintendencia Financiera de Colombia.

Recomendaciones y prácticas de protección propia por parte de los consumidores financieros

  • Cerciorarse de que el Banco se encuentra autorizado y vigilado por la Superintendencia Financiera de Colombia.
  • Informarse sobre los productos o servicios que piensa adquirir o emplear, indagando sobre las condiciones generales de la operación; es decir, derechos, obligaciones, costos, exclusiones y restricciones aplicables al producto o servicio, exigiendo las explicaciones verbales y escritas necesarias, precisas y suficientes que le posibiliten la toma de decisiones informadas.
  • Observar las instrucciones y recomendaciones que imparta el Banco sobre productos y servicios financieros.
  • Revisar los términos y condiciones del contrato y sus anexos, y conservar las copias que le suministren de dichos documentos.
  • Informarse sobre los órganos y medios de que dispone el Banco para presentar peticiones, solicitudes, quejas o reclamos.
  • Los consumidores financieros tienen el deber de suministrar información cierta, suficiente y oportuna a las entidades vigiladas y a las autoridades competentes en los eventos en que éstas lo soliciten para el debido cumplimiento de sus deberes y de actualizar los datos que así lo requieran. Del mismo modo, informarán a la Superintendencia Financiera de Colombia y a las demás autoridades competentes sobre las entidades que suministran productos o servicios financieros sin estar legalmente autorizadas para ello.


Aclaración.
El no ejercicio de las prácticas de protección propia por parte de los consumidores financieros no implica la pérdida o desconocimiento de los derechos que les son propios ante el Banco Caja Social y las autoridades competentes. Así mismo, no exime al Banco de las obligaciones especiales consagradas en la Ley respecto de los consumidores financieros.